Fincas Eva les presenta un breve resumen para orientarles sobre como proceder en materia de precios de alquileres, tras la publicación en el BOE el próximo 13 de Marzo de 2024, del nuevo índice de referencia de precios de alquiler.
Lo primero que debemos saber es que esta ley SOLO AFECTA A LOS CONTRATOS DE VIVIENDA HABITUAL UBICADOS EN ZONAS TENSIONADAS Y FIRMADOS A PARTIR DEL 13 DE MARZO DE 2024.
NO HAY LIMITACIÓN PARA LOS CONTRATOS DE USO DISTINTO, LOCALES COMERCIALES, ESTUDIOS, VIVIENDA VACACIONAL, VIVIENDA TURÍSTICA Y VIVIENDA TEMPORAL.
Para saber cómo fijar nuestro precio de alquiler según la nueva Ley de la Vivienda es indispensable saber si somos grandes tenedores o no y si la vivienda ha sido arrendada como vivienda habitual en los últimos 5 años.
GRANDES TENEDORES: Personas físicas o jurídicas que disponen de 5 o más inmuebles en zonas tensionadas.
CONTRATO ÚLTIMOS 5 AÑOS: Debemos saber si en los últimos 5 años ha estado alquilado el inmueble como vivienda habitual, el precio del contrato, saber si contemplaba subida anual de IPC y si había gastos de comunidad e IBI incluidos en el precio o no.

| GRAN TENEDOR CON CONTRATO NUEVO | índice de referencia estatal. |
| GRAN TENEDOR CON ÚLTIMO CONTRATO | Valor más bajo entre precio contrato + % IPC (2024 – 3%) e índice de referencia estatal. |
| NO GRAN TENEDOR CONTRATO NUEVO | Índice de referencia estatal. |
| NO GRAN TENEDOR CON ÚLTIMO CONTRATO | Precio último contrato + % IPC (2024 – 3%) |
PREGUNTAS FREQUENTES:
¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA LEY?
El próximo 13 de Marzo de 2024 ya será aplicable el índice de referencia de precios de alquiler y todas las normativas de limitación de precio.
¿A QUE CONTRATOS AFECTA LA LIMITACIÓN DE PRECIOS?
A todo aquel contrato de vivienda habitual o permanente firmado a partir del 13 de Marzo de 2024 que esté ubicado en una zona tensionada. No tiene carácter retroactivo. Quedan excluidos los contratos de uso distinto (locales, estudios, vivienda temporal o vivienda vacacional o turístico).
¿SI COMPRO UN PISO QUE ESTUVO ALQUILADO EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS COMO ME AFECTA?
Afectará de igual manera como si lo hubieras alquilado tú mismo. Deberás pedir al anterior
propietario el histórico de los últimos 5 años de alquiler para averiguar el precio máximo.
¿PUEDO INCREMENTAR LA RENTA MÁXIMA?
Un 10% en los siguientes casos:
- Obras de rehabilitación terminadas y debidamente justificadas en los últimos 2 años
- Obras de rehabilitación terminadas y debidamente justificadas en los últimos 2 años que
supongan un ahorro de energía primaria no renovable del 30% (se acredita mediante el CEE
de antes y después) - Obras mejora de accesibilidad en los dos años anteriores.
- Contratos de duración de 10 años o más.

¿QUE PASA SI NO TENGO NI INDICE DE REFERENCIA NI CONTRATO ANTERIOR?
Precio libre.
¿PUEDO REPERCUTIR GASTOS DE COMUNIDAD E IBI?
Si es un contrato nuevo si. Si tienes un contrato en los últimos 5 años deberás saber si anteriormente lo repercutiste o no para mantener las mismas condiciones.
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